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miércoles, junio 16

PERFIL

Somos jóvenes. Encaramos el ejercicio de esta profesión repensando la misma, dándole nuevos objetivos. Creemos en la tarea del abogado no como un simple conocedor del derecho, sino como un actor de la sociedad que tiene la responsabilidad de aplicar sus conocimientos para transformarla, conciliando tácticamente las distintas maneras de alcanzar la solución mas rápida, conveniente y eficaz para el cliente.

Esa conquista es la esencia de esta profesión y solo puede ser conseguida si se conjugan dinámicamente cuatro eslabones:

- Capacidad de trabajo.
- Dominio de los fundamentos estratégicos del derecho y la argumentación, apoyados en la experiencia y los resultados logrados.
- Sentido practico-social del derecho, en orden a identificar los fines económicos y sociales perseguidos por el derecho, y sentido común.
- Las relaciones humanas.

La combinación de estos cimientos hace al elemento distintivo que determina esa clave de éxito en un ámbito social y económico cada vez mas vertiginoso y competitivo: el talento y la calidad del servicio profesional.

La satisfacción del cliente es nuestra convicción.

IMPRESIONES SOBRE LA REPUBLICA DEMOCRATICA Y LAS RELACIONES DE PODER. (PARTE I - extracto de la tesis final de grado de mi autoria)

                                                                              

Política y poder – La Constitución como limitador del Poder – La democracia como motor del equilibrio del Poder – Republicanismo, gobierno republicano y la dinámica constitucional del Poder.


 “Si bien sólo unos pocos son capaces de dar origen a una política,
todos nosotros somos capaces de juzgarla.”

Pericles



1 – Política y poder. ¿Cuál es la cualidad más política de los hombres? El logos, habla y razón; por la razón pensamos acerca de lo que nos preocupa, reflexionamos sobre nuestras aspiraciones, determinamos lo que es justo, lo que necesitamos o creemos que sería útil tanto para uno como para el resto de los hombres y mujeres, y gracias a que desarrollamos el habla pudimos comunicar dichas sensaciones a otros, y estos, por la misma circunstancia de ser hombres y por ello poseedores de dichas cualidades, pueden escuchar y reaccionar a tal estimulo argumentando de las más diversas formas. De esta interacción primordial emergió la política como extensión de la vida misma, de la convivencia social, como la actividad de disputa de las ideas y de construcción, pues la historia se empeñó en recalcarnos que una persona difícilmente llegara a algún lado por

martes, junio 15

MODALIDADES DE CONTRATACIÓN



Ofrecemos diferentes opciones de contratación de asesoría jurídica, adaptándonos a la necesidad del cliente:

  • Asesoramiento tradicional: mediante un contrato descriptivo de las cuestiones a tratar. El honorario convenido de este modo solo incluye el asesoramiento legal especifico para el que se nos contrata.

  • Asesoramiento por escrito: si lo que desea es un análisis técnico-jurídico sobre algún tópico especifico, también ofrecemos como servicio la elaboración de dictámenes escritos. Los honorarios son acordados con el cliente en base a la complejidad de los temas y la calidad del informe.
  • Asesoramiento constante: Si lo que necesita es un respaldo técnico-jurídico permanente ante cualquier situación que pueda suscitarse en el ámbito de la empresa y los negocios contamos con la modalidad de contratación de abono mensual. Este sistema implica un honorario mensual a convenir con el cliente en el que se incluye la asistencia y eventual representación en base a su necesidad y conveniencia.

El sistema de contratación descripto no es estricto por lo que estamos abiertos a escuchar sus propuestas.

domingo, junio 13

REFLEXIONES SOBRE EL CASO BAKER VS. CARR (U.S. SUPREME COURT), EN TORNO A LA EVOLUCIÓN DE LA DOCTRINA DE LAS POLITICAL QUESTIONS.





Hasta este punto la diferencia entre una cuestión enjuiciable y una cuestión política no enjuiciable dependía pura y exclusivamente de la prudencia de los jueces.


La prudencia judicial que se impuso a partir de Marbury vs Madison se autojustificaba por estar orientada con sentido estructural e institucional, que traslucía también un claro fin político: el mantenimiento de la división de poderes...

LAS EMPRESAS, DE NUEVO EN ALERTA


(http://abogados.iprofesional.com/notas/99767-Negociaciones-salariales-sancionan-ley-que-asesta-un-duro-golpe-a-empresarios.html)

FUENTE: iprofesional.com

"El Congreso levantó la prohibición que impedía tomar como referencia al salario mínimo en las negociaciones paritarias. Hasta el propio ministro de Trabajo intentó frenar la iniciativa. Advierten que esta derogación repercutirá en la determinación de escalas remunerativas. El impacto, según expertos..."




Consideraciones sobre la Accion Revocatoria: La situacion juridico-indemnizatoria. (Art. 963 C.C.)



La procedencia de la acción revocatoria frente a ilícitos extracontractuales no requiere que el crédito en virtud del cual se intenta acción sea de fecha anterior al acto del deudor, tal y como establece como regla el Art. 692 C.C. para la procedencia de la revocatoria contractual. El Art. 693 C.C. abre una nueva posibilidad, excepcional, por la vinculación del fraude con una causa cuya génesis no es contractual, sino de otra naturaleza -se trata un ilícito extracontractual; dicha posibilidad se configura con la viabilidad de atacar las enajenaciones hechas por quien ha cometido un crimen si fuesen ejecutadas para salvar la responsabilidad del acto. Pero esta posibilidad, requiere en efecto -por la vinculación de la viabilidad del fraude frente al ilícito extracontractual-, de un factor específico ...