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miércoles, junio 16

IMPRESIONES SOBRE LA REPUBLICA DEMOCRATICA Y LAS RELACIONES DE PODER. (PARTE I - extracto de la tesis final de grado de mi autoria)

                                                                              

Política y poder – La Constitución como limitador del Poder – La democracia como motor del equilibrio del Poder – Republicanismo, gobierno republicano y la dinámica constitucional del Poder.


 “Si bien sólo unos pocos son capaces de dar origen a una política,
todos nosotros somos capaces de juzgarla.”

Pericles



1 – Política y poder. ¿Cuál es la cualidad más política de los hombres? El logos, habla y razón; por la razón pensamos acerca de lo que nos preocupa, reflexionamos sobre nuestras aspiraciones, determinamos lo que es justo, lo que necesitamos o creemos que sería útil tanto para uno como para el resto de los hombres y mujeres, y gracias a que desarrollamos el habla pudimos comunicar dichas sensaciones a otros, y estos, por la misma circunstancia de ser hombres y por ello poseedores de dichas cualidades, pueden escuchar y reaccionar a tal estimulo argumentando de las más diversas formas. De esta interacción primordial emergió la política como extensión de la vida misma, de la convivencia social, como la actividad de disputa de las ideas y de construcción, pues la historia se empeñó en recalcarnos que una persona difícilmente llegara a algún lado por
sí sola, aislada, sin contacto con la sociedad.[1]

El ámbito de la humanidad fue, desde la aparición de las tribus, la sociedad; en ella y solo en ella el hombre es, existe y se realiza. Y la actitud de los hombres ante sus iguales no fue la expectación desinteresada; lo individual y lo social nunca marcharon por franjas separadas sino que formaron y siguen formando parte de la manifestación de la vida humana en su totalidad; de ese modo la política se fue desarrollando como el resultado de las valoraciones que hacemos acerca de lo que nos rodea, como consecuencia de la razón y el habla. 

De hecho la raíz etimológica de la palabra “política” nace de polis, la ciudad-estado griega de límites no más amplios que una comuna o un municipio actual, lugar donde se desenvolvía la vida política y religiosa de las comunidades griegas, centro de las cuestiones, problemas y formas de relación política que influenciaron nuestras instituciones y gobiernos. Fayt explica que "Históricamente la polis representa una forma de comunidad basada en la expansión de las relaciones familiares como modalidad comunal de asentamiento humano. Tal como lo señala Aristóteles, que la hace derivar de la naturaleza, la polis es la culminación de un proceso de asociación de aldeas. Si bien trasciende la organización tribal, por la existencia de vida cívica plena en las minorías dominantes dentro de su organización esclavista, las relaciones económicas que surgen de su vida urbana y la relación unitaria de su gobierno político y su religión no van más allá de su estructura de clanes, de sus reducidos límites geográficos, de su vida política relacionada al ritual religioso”.[2]

Las condiciones sociales y culturales de la vida humana siguieron su evolución, y del mismo modo, aunque la esencia del término se mantiene fiel a su origen histórico –por la misma razón que el hombre no ha dejado de ser hombre-, su significado fue adquiriendo un contenido más complejo, porque el hombre, las sociedades y las instituciones formadas como consecuencia de la actividad organizativa de las sociedades fueron experimentando gigantescas transformaciones.[3] Sin embargo el sentido de lo político no puede limitarse únicamente a lo estatal. En cada formación social (la familia, un gremio, una empresa, una entidad social, etc.) se generan conflictos entre los que deciden y los que obedecen, y está escrito en la historia que la circunstancia de pertenecer a un grupo social obliga a que nuestra conducta se realice dentro del grupo. Esta capacidad de imponerse en la conducta de los demás deriva en actos que genéricamente configuran una actividad política, orientada obtener, conservar o modificar los puestos de mando y de dirección dentro de dichas organizaciones. Así, a través de un largo proceso histórico de disociación e integración “el hombre ha ido forjando penosamente la idea del poder del hombre sobre el hombre. El despliegue de ese esfuerzo es un despliegue interno y profundo del hombre a lo largo de las vicisitudes políticas sobre la tierra. Ha ido escindiendo, acumulando experiencia, sobre diferentes dimensiones del poder, hasta su culminación, en el momento que la razón lo obliga a tener que justificar el poder como realidad. El poder es, pues, una potencia, algo con que el hombre cuenta, algo que está en el haber del hombre entendido como una substancia individual”[4].

El Poder político propiamente dicho –refiriéndonos con ello al Poder estatal-, puede considerarse como una transmisión de dicha potencia individual de cada hombre, pero tiene la exclusividad de ser irresistible. Esto quiere decir que si bien las organizaciones tienen claras relaciones de poder organizado, su  actividad política es interna. El poder de estos grupos -entendido en términos de mandato-obediencia- encuentra sus límites en los límites de la organización. Por el contrario, el Poder estatal es irresistible porque en lo relativo al ámbito espacial de una comunidad, sus límites son los límites territoriales del Estado, y en cuanto a las personas su límite es el conjunto de personas que se encuentran habitando dicho territorio ya sea de forma permanente o transitoria. Esta doble envestida es la fortaleza del Estado y los miembros de la sociedad se encuentran voluntaria o forzosamente sometidos a una autoridad superior, porque su vida se desarrolla dentro del Estado, dentro de la sociedad organizada políticamente.[5]

Ahora bien, esa organización política de la sociedad culmina en el acuerdo al que llegamos acerca de cuáles son las reglas del juego, reglas que también componen aquel concepto de irresistibilidad del Poder estatal. Como el Estado no es otra cosa que Derecho materializado en instituciones, (a su vez compuestas por órganos), todo lo que aquel abarca queda sujeto a la reglas del orden jurídico. La obediencia a esa autoridad superior es, en teoría, una obediencia a las leyes y no a los hombres. Pero ¿qué ocurre en la realidad de la dinámica del proceso político? los órganos que integran el Estado están compuestos por hombres y mujeres, de manera que el Poder estatal es ejercido por ellos. El resto de la sociedad es a la vez componente del Estado y destinatario del Poder estatal, pero respecto de lo primero su efectiva participación en el gobierno no es directa sino por intermedio de representantes que obran por delegación y no por mandato.[6] Se da así la circunstancia de que algunos individuos – aquellos que detentan el Poder estatal por el hecho de estar al mando de una estructura irresistible- cuentan con la fuerza material suficiente para asegurar un dominio mediante la coacción. Faltando el mandato y la posibilidad de intervención directa en la formulación y sanción de leyes, y de medidas de gobierno, la separación entre gobernantes y gobernados entre elecciones se torna a veces oscura, y se presenta como necesaria la idea del control del Poder, ya que en los hechos esa sumisión no a los hombres sino a las leyes se relativiza.

Como explica el constitucionalista Ekmekdjian, esta relación gobernante-gobernado no fue siempre armónica, por la circunstancia de que el Poder tiende a desorbitarse, a desorbitar a quien lo ejerce; lleva consigo el germen de la corrupción y el líder el estigma del déspota, y así el equilibrio de todo lo que rodea al Poder siempre se rompe en beneficio del Poder trayendo como consecuencia la reducción de la libertad de los destinatarios del mismo.[7]
En este ámbito de desigualdad el hombre desenvuelve su vida, observa los conflictos que se generan y se producen reacciones encaminadas a dar una solución. Esos comportamientos son los que configuran la actividad política de los hombres, actividad que tiene la intención de influir en la organización a través del poder y que está constantemente produciendo la transformación de su medio ambiente.[8]  

2 – La Constitución como limitador del Poder. Basado en el reconocimiento de las personas como libres e iguales, el constitucionalismo surge en la historia como el sistema jurídico que sincera esa organización política de una nación; fija derechos, garantías y deberes primordiales (tanto para gobernados como gobernantes), y de ese modo traza un plan de convivencia básica para una sociedad.

Pero el primer interrogante que debemos atender cuando hablamos de la Constitución es ¿cómo es ejercido el Poder político? El Poder político es el punto de partida del análisis de todas las formas de gobierno, y en rigor, decimos que no pocas veces observamos cómo se confunde gobernar mediante el uso del poder, con apropiar el poder.

La Constitución se define entonces por la relación existente entre ella y la dinámica del proceso político. La Constitución será lo que resulte de tal relación, de manera que el proceso político es la realidad de la Constitución. La Constitución real es el proceso político real, y la dinámica de este último no concuerda a menudo con los principios normativos.[9] A partir de este razonamiento, Loewenstein realiza la ya clásica distinción entre Constitución formal y material. La primera es la normativa, la segunda se corresponde con la realidad de una sociedad, es la que tiene efectiva vigencia. La esencia de la Constitución no es ella misma en sí misma y por ella misma, sino ella en cuanto fuera de sí, enajenada a una realidad exterior que le presta significado y justificación de existir. La Constitución es, en cuanto efectiva y eficazmente normativiza la normalidad real.[10]

Al desplazarla del plano espiritual al ámbito de la realidad social, la comprensión de la finalidad de la constitución se logra con un análisis del Poder como el campo de la tensión social, el centro hacia donde convergen las actividades y las fuerzas políticas que ellas engendran.[11] Loewenstein trata esta cuestión al contraponer el Poder –como Poder que tiende a ser irracional e ilimitado- a la norma constitucional –que busca racionalizarlo-.  El Poder –dice- es una relación socio-psicológica que se basa en un efecto reciproco entre los que lo detentan y lo ejercen, y aquellos a quienes va dirigido. Señala que el Poder por sí mismo no es ni bueno ni malo, pero que “encierra en sí mismo la semilla de su propia degeneración”[12]; considerando el carácter irresistible del Poder político, si este no se halla controlado se corrompe y sus detentadores abusan de su control social.

El proceso político tiene entonces un desarrollo que culmina en el control que del Poder se realice en el transcurso de dicho proceso, y así los mecanismos de control del Poder político se convierten en el corazón de toda constitución desde el punto de vista normativizador que esta busca alcanzar.

Este Poder político se manifiesta en la sociedad estatal como el ejercicio de un control social efectivo de los detentadores del Poder sobre los destinatarios del mismo, entendido el control social como la función de tomar o determinar una decisión, así como la capacidad de los detentadores del Poder de obligar a los destinatarios del mismo a obedecer dicha decisión. Por más que en una democracia el Estado está compuesto por órganos, estos órganos están formados por hombres y mujeres, y los actos políticos de gobierno son siempre actos personales; el órgano es individual y pluripersonal al mismo tiempo. De ese modo, si bien una decisión política puede considerarse constitucionalmente eficaz cuando diversos detentadores del Poder participen y cooperen en su realización, ello no quiere decir que la mera distribución del Poder estatal en diversos detentadores garantice un efectivo control, porque dentro del ámbito de cada órgano siempre pueden producirse extralimitaciones.

Frente a esta situación existen dos tipos de controles: un control intra-órgano, que se da entre los detentadores de poder de un mismo órgano político, y un control inter-órgano, que se da entre el gobierno, el congreso y el poder judicial. Estos últimos, denominados también ‘controles verticales’ se basan en la discrecionalidad de cada órgano, y su interrelación nace de las funciones que cada uno tiene en el funcionamiento estatal.[13]

Por otro lado, el gobierno efectivo de una unidad política se realiza en medio de pretensiones y tensiones de las fuerzas sociales y de los intereses que configuran la realidad social. Por ello el control también surge del seno de la sociedad civil, canalizado por medio de grupos de presión y grupos de interés que se plantan ante el Poder arrasador del Estado con el objeto de proteger sus libertades y lograr una distribución de ese Poder socio-económico acorde a sus exigencias (que claro está, no siempre son las exigencias de toda la sociedad, lo cual sin embargo no torna esas exigencias en desatendibles). Los grupos de interés son grupos sociales que sin formar parte de una organización política particular buscan influir exigiendo o peticionando una determinada decisión gubernamental. Los grupos de presión en cambio actúan en el interior del poder desplegando su poder económico buscando mantener o acrecentar sus ventajas o privilegios económicos, y a diferencia de estos, los grupos de tensión si buscan la convulsión social como una forma de alterar el orden público en  busca de la nivelación económica que les permita mejorar sus condiciones de vida. La economía es el denominador común de estos grupos socio-económicos que de un modo u otro buscan la representación de ciertos intereses que los gobiernos no hacen efectiva. En la actualidad, los grupos que controlan los medios técnicos de formación de la opinión pública ejercen un poder social inconmensurable por el hecho de que en el proceso sociológico y psicológico de la comunicación de la información se crea una idea sobre cuál es la voluntad del pueblo. Pero lo cierto es que sus intereses no son los intereses del pueblo y este es el límite de su influencia.[14]

Frente a esta diversidad de pretensiones no sería difícil divisar el caos social. De ahí la necesidad política irremplazable de los partidos políticos, que actúan como vinculo entre la sociedad y el Estado, se organizan en base a la solidaridad de intereses ideales y materiales, marcan el ritmo interno de una democracia y agrupan en mayor o menor medida a aquellos que viven a la sombra o descontentos con la actividad política desenvuelta por los gobernantes que desempeñan las funciones políticas. Así concebidos, son una forma institucionalizada primordial para el ejercicio del control del gobierno, pues como colectivos, canalizan la pluralidad de voluntades necesarias para impulsar gestiones de gobierno y también de la pluralidad que se siente desatendida por un gobierno; a través del partido político estas voluntades pueden hacerse escuchar tanto dentro del proceso político de toma de decisiones, así como en el ámbito social, a través de actividades que intentan poner de manifiesto los desatinos y deficiencias de los hombres y mujeres que gobiernan. No obstante a ello, la crisis de representatividad de la que son víctimas[15], los debilita de manera tal que no llegan a desarrollar un efectivo control sobre el Poder político, es decir, un autocontrol.  

Desde otro punto de vista, el federalismo, como forma de gobierno también, es otra clase de control vertical, pues las provincias en las repúblicas federales entran en una lucha contra el Estado central para obtener una distribución territorial del Poder político.

Así el panorama, este se torna caótico en lo que respecta a los mecanismos de control del Poder estatal en la medida en que los frenos que la realidad pone a la normatividad no son racionalizados e institucionalizados por el derecho para evitar su degeneración.[16] La consecuencia: El ciudadano se encuentra preso en la compleja red de sus necesidades que le llevan a depender y enajenar su libertad entre el Estado y los poderosos grupos que le disciplinan. El hombre medio pierde su libertad a medida que la ganan esos grupos. Estos ya no controlan el Poder estatal sino que tienden a dominarlo y a hacer pasar por voluntad general lo que no es más que una voluntad de grupo, independiente a la constitucionalización de su poder.

Las conclusiones a las que llega Loewenstein tras un recorrido realista de la dinámica del Poder político en la sociedad occidental son sumariamente las siguientes:

La Constitución escrita, como instrumento primario para el control del Poder político no ofrece ya garantía absoluta para distribuir y limitar un poder desbordante de las libres fuerzas sociales de una sociedad dividida, por ello ha dejado también de ser una protección frente al retorno de fenómenos autocráticos.

Los ciudadanos se han alejado de las instituciones constitucionales. Los procedimientos, legales o no, pero dentro del espíritu de la Constitución, han sido sustituidos ampliamente por la dinámica extra-constitucional de los poderes de hecho, a los que están unidas íntimamente la vida y el destino personal de cada ciudadano, pero que inmolan tales vida y destino en aras del interés parcial y al amparo de la anarquía constitucional que los envuelve.

La solución obligada es el acercamiento del pueblo –y agregamos también a los gobernantes- al espíritu constitucional mediante una educación de la «conciencia o sentimiento constitucional» y un acercamiento de la Constitución al pueblo mediante reformas que la modernicen radicalmente y que la permitan subsumir normativizando la realidad del proceso del Poder político-social. La Constitución ideal, limitadora del Poder y promotora de una total participación democrática en el mismo, relacionada dialécticamente con la realidad social, tan sólo sería alcanzable por un enorme esfuerzo político que rebasa las posibilidades de un estudioso de ciencia política, pero éste tiene la obligación de recordar que en el origen de muchos errores políticos de las democracias constitucionales se instala una incorrecta comprensión de lo que es realmente una Constitución, de lo que debe ser en las cambiantes circunstancias de una época de transición o de revolución, una Constitución.[17]

A las luces de lo expuesto podemos observar que el control no forma parte únicamente de un concepto político de Constitución como sostenía Schmitt, sino de su concepto jurídico, de tal manera que sólo si existe un control disperso de la actividad estatal puede la Constitución desplegar su fuerza normativa y sólo si el control forma parte del concepto de Constitución puede ser entendida ésta como norma.[18] No es concebible, entonces, la Constitución como norma si no descansa en la existencia y efectividad de los controles.[19]

3 - La democracia como motor del equilibrio del Poder. El postulado de la división del Poder en órganos y funciones tiene una finalidad cierta: evitar la acumulación del Poder político estatal -que concentra la toma de decisiones- en las mismas manos, sean de uno o varios individuos. Este principio republicano como tal es al mismo tiempo un axioma trascendental si lo que se pretende es reafirmar la democracia y consolidar un Estado como democrático.

Luego de las experiencias totalitarias experimentadas en el mundo durante la primera mitad del siglo XX -y en particular desde la década del 30’ a la década del 70’ en nuestro país-, la democracia se transformó en sinónimo de regocijo. El apoyo universal a la democracia, sin embargo, tiene lugar al precio de un desacuerdo universal sobre su significado. Todos definían la democracia según sus propios intereses. Cada uno tenía su tipo favorito de democracia.

En este sentido consideramos que es necesario hacer un paréntesis partiendo de nuestra propia y más reciente realidad democrática iniciada en 1983. Delimitar que entendemos por democracia nos parece de suma importancia porque se trata de un concepto que juega un rol en el proceso político antes descripto, y en ese sentido podemos decir que se trata de un concepto político primordial que orienta hacia una determinada organización estatal de la sociedad y, a su vez, se sitúa en la base de la dinámica de la lucha por el Poder. Por ese motivo, y para abordar correctamente el análisis de la doctrina de las cuestiones políticas no justiciables, nos vemos en la necesidad de exponer algunas de las ideas contemporáneas fundamentales vinculadas a la teoría de la democracia a los fines de dotar al desarrollo de esta tesis del sentido expositivo deseado.


[1] Desde el principio de su existencia la supervivencia del hombre estuvo ligada a los demás de manera natural. Primero el vínculo familiar, necesario para el desarrollo biológico y medio ambiental, y luego el desarrollo propio de cada hombre que en convivencia con los demás continuo incorporando los simbolismos y demás significados y objetos creados por sus predecesores, lo cual denota “una conciencia de la existencia de un pasado y de un provenir, construyendo instrumentos y estructuras en un constante hacer, deshacer y reconstruir". Este desarrollo humano es lo que desde el comienzo hizo que el hombre logre su “emancipación de la naturaleza” de manera proporcional al modo en que producía la construcción de cultura, Carlos S. Fayt, Teoría de la Política en el siglo XXI, La Ley S.A., Buenos Aires, 2002, pp. 14 y ss. (Durante este capítulo seguiremos algunas de las iluminadoras ideas desarrolladas por el notable pensador).
[2] Carlos S. Fayt, óp. cit., “No están dadas en ese tipo de comunidad las condiciones que posteriormente encontramos en la Nación o en el Estado, pero en el reducido núcleo de la ciudad-estado griega se presentan los problemas de organización y fines del gobierno; los grandes temas de la democracia, la aristocracia y la monarquía; las cuestiones de la justicia, de la educación, de la moral, del fin del Estado y de las leyes, de las tiranías y de las revoluciones, inaugurando el pensamiento griego el porqué y el cómo de la acción política.”, pp. 21/22.
[3] Alberto Mayol Miranda,  La tecnocracia: el falso profeta de la modernidad, Universidad de Chile, Documentos de Trabajo no 81, 2006. Al respecto de la particularidad de la ‘revolución científico- tecnológica’ actual señala que: “La situación es bastante clara en la medida en que la ciencia no se identificaba tanto con la modernización, sino con la modernidad como época. La idea de progreso en la sociedad es la acumulación de saber tal como la ciencia lo hacía...  la técnica todavía estaba muy ligada a la teoría como para tener un soporte muy claro en su pretensión de progreso. Hobsbawn ha señalado que la revolución industrial no fue causada por una superioridad científica o tecnológica. Las máquinas no exigían conocimientos avanzados. La más sofisticada, la de vapor…símbolo del avance industrial, funcionaba con principios conocidos cien años antes de su creación.”, p. 2.
Si bien la revolución científico-tecnológica que comenzó el siglo pasado no resultó de una intencionalidad política -ya que la ciencia y la tecnología tienen su ámbito propio-, fue inevitable que el desarrollo y las innovaciones que se produjeron –como fenómeno científico-tecnológico–  fueran absorbidos por la dinámica del capitalismo –lo social– como conocimiento científico aplicado a la producción, materializado en maquinas, artefactos, procesos de trabajo y sistemas de organización de la producción, proporcionando un ámbito diferente para las relaciones de poder tanto grupales como estatales.
[4] Francisco Javier Conde, El hombre, animal político, Madrid, 1957, pp. 37 y ss.
[5] Decimos ‘voluntaria o forzadamente’ porque en definitiva, todas las justificaciones del poder que colocan la explicación de por qué manda el que manda toman un ser abstracto y lo insertan en el mundo de causas y de fuerzas que de antemano condicionan su conducta, como si el destino humano estuviera fuera del alcance de sí mismo, como si este no fuera el protagonista de su historia. De todas ellas quedan en pie las del consentimiento como justificación racional y la de la fuerza como realidad histórica.
[6] Carlos S. Fayt, óp. cit, “La representación es una forma de racionalización de la actividad del poder en el Estado. Convierte al gobierno en responsable de las decisiones que adopta en nombre de la comunidad política. Completa el sistema de creencias que sirve de soporte a la dominación legal, característica de la organización política moderna.”, p. 193.
[7] Miguel Ángel Ekmekdjian,  Manual de la Constitución Argentina, 5ª Ed., Depalma, Buenos Aires, 2002, El autor en su reflexión habla de poder y libertad como ‘fuerzas contradictorias que hacen al motor esencial de la historia del hombre’ y afirma que ‘desde los albores de la humanidad el meollo de la cuestión ha sido la búsqueda del delicado e inestable punto de equilibrio entre ambas magnitudes’, pp. 3/4.
[8] Carlos S. Fayt, óp. cit., “La política tiene por función el mantenimiento del grado necesario de homogeneidad, unidad y cohesión indispensable para el equilibrio de las fuerzas que componen una sociedad determinada, transformando las tensiones sociales en normas jurídicas. Estas tensiones sociales son las situaciones que se producen dentro de la sociedad por acción de las fuerzas sociales, o de su influjo, manifestándose como insatisfacción o exigencias imperativas…actuando sobre el todo social, o una parte de él, para modificar su condición o estructura.”, p. 109.
[9] J. A. González Casanova, La idea de Constitución en Karl Loewenstein, Revista de estudios políticos, ISSN 0048-7694, Nº 139,Para analizar y comprender el papel funcional del elemento Poder en la estructura de dominación hemos de comprobar primero que: a) El Poder no domina solamente la relación gobernantes-gobernados (Duguit), sino que también condiciona las relaciones entre los diferentes detentadores del Poder, si los hay. b) Existen tres grados en el desarrollo del Poder que constituyen el proceso político:
 i.  Obtención del ejercicio del Poder.
ii.   Modo de ejercicio.
iii. Control de tal ejercicio.”, p. 77.
[10] J. A. Gonzales Casanova, La idea de Constitución en Karl Loewenstein, Revista de estudios políticos, ISSN 0048-7694, Nº 139, Barcelona, 1965, “Tal realidad exterior permite existir a la Constitución en cuanto su existencia no es otra cosa que el resultado o producto de una relación dialéctica entre la normalidad y la normatividad”, p. 76.
[11]  Carlos S. Fayt, óp. cit., p. 35.
[12] Karl  Loewenstein, Teoría de la Constitución, Ariel, Barcelona, 1983, p. 7 y ss.
[13] Karl Loewenstein, op.cit., p. 189. Esta cuestión será abordada con más detenimiento en el parágrafo sobre republicanismo y gobierno republicano, al cual remitimos.
[14] Los medios masivos de comunicación, cuya cualidad es la de ser formadores de opinión, condición relevante ya que son los que tienen el manejo de la información, y pueden –de hecho lo hacen- dirigir intencionalmente los pensamientos y acciones de las personas hacia objetivos específicos. Ver Carlos S. Fayt, óp. cit., pp. 249 y ss., y 133 y ss.
[15] Producida en parte por el descredito en el que ellos mismos se sumergieron, y en parte por el fomento del populismo antipolítico llevado a cabo por algunos sectores de la sociedad que -quizá sin ser conscientes de lo que generan, o quizás si-, en vista de las tareas incumplidas y los ‘desastres’ ocasionados por el político, imputan que la política no sirve para nada, retrotrayendo el desarrollo cultural de la democracia.
[16] J. A. González Casanova, op.cit., “Estas conclusiones se resumen brevemente en unas palabras de Karl Loewenstein, escritas al final de su Verfassungslehre e incluidas en el apartado que lleva por significativo título «Und wiederum der schatten des Leviathan» (La sombra de Leviatán de nuevo): «¿Es realmente posible abrirse paso hacia el neopaternalismo del Estado "neutral, objetivo y benevolente" cuando las realidades del proceso del Poder en nuestra sociedad tecnológica de masas lo bloquean por el hecho de que los grupos principales de interés o algunos de ellos, están tan profundamente enraizados en los detentadores  del Poder que no pueden ser expulsados por medios pacíficos?»”,p. 85.
[17] Karl Loewenstein, op.cit., pp. 169 y ss.
[18] Carl Schmitt, Teoría de la Constitución, Editorial Revista de Derecho Constitucional, Madrid, 1986, p. 145.
[19] Manuel Aragón, El control como elemento inseparable del concepto de Constitución, Revista Española de Derecho Constitucional, 1987, p. 36.

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